viernes, 21 de octubre de 2016

Plenos a puerta cerrada y ¿presunta discriminación?

Foto extraída del Periódico "El Buzón".

Primero el invitado y partidario, y después, el llamado pueblo soberano.
Cuando el pueblo con sus limitaciones, no tiene acceso para asistir a un pleno, no porque rime sea menos verdad el hecho, parece como si a puerta cerrada , ellas, ellos, se revolcaran en el cieno.

La participación de los ciudadanos como oyentes y testigos de como se trata lo público, lo de todos, es un derecho al que yo renuncié el 29 de Enero de 2015 -Gobernando el PP.-. La reivindicación sin insultos injuriosos, es una necesidad ciudadana hacia a quienes con sus actos perjudican o pueden perjudicar y beneficiar sus intereses colectivos.


Nada de lo público debe ser ajeno al ciudadano si muestra interés hacia ello. Asistir al pleno por invitación, si así se sigue haciendo, puede ser discriminación y si fuera tal, se confirmaría el caciquismo cortijero que confirma la timocracia que tenemos y a veces vemos.


Y presuntamente, ¿se caería en el Art. 14 de la Carta Magna, al no acceder por motivo de no ser simpatizante de ningún partido?.


Primero el invitado y partidario, y después, el llamado pueblo soberano.

Josman

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