La Constitución. ¿Debe modificarse?
Es necesario escribir de lo que conocemos todos con diferentes opiniones, y reflexionar sobre si es necesaria una modificación constitucional, tenemos muchos juristas y políticos también juristas en el Sur, y se opina poco en este sentido por comodidad o cautela a las que tienen derecho.
A juristas y periodistas no les parecerá acertada mi opinión, porque ellos desde su profesionalidad contradicen y posiblemente con razón, aquella cita de Platón:”La historia cuenta lo que sucedió, la poesía lo que debía de suceder” La información nos cuenta lo ocurrido, el jurista, la interpretación de las leyes, los ciudadanos como esos poetas que citó Platón, opinamos como deberían de ser, la información de un suceso no se puede cambiar, una ley se puede modificar y hasta derogar.
Rajoy a veces me parece la antítesis de la Constitución, defiende en nombre de ella la unidad de España, pero el resto no con tanta contundencia, o lo modifica (135) o no lo cumple en su exactitud, y obviando el art. 128, podíamos relatar cuantos artículos de la Carta Magna ignora, o parece ignorar día a día, y no me refiero directamente al derecho a la vivienda del art 47, ni al del salario digno del art. 35, ni al art. 31, de su amnistía fiscal, es un brujo gallego de plasma, que sobre el púlpito televisivo nos relata un Evangelio que parece olvidar a diario.
La ley mordaza ha supuesto muchos recortes en libertades, poniendo como pretexto la Seguridad Ciudadana, los delitos y faltas cometidos en manifestaciones contra las personas, mobiliario y otros, ya se contemplan en el Código Penal.
Así como su Reforma Laboral a mi juicio sin ser jurista al art 37, así hemos visto mermada la acción de conflictos colectivos de trabajadores con los empresarios. El art. 45 sobre Medio Ambiente, en algunos casos se tropieza con construcciones de viviendas e instalación de empresas, incluidas minas, y otras acciones contaminantes, así como, no se han respetado nunca las riberas o márgenes de ríos y se han invadido las costas marítimas de forma descarada con construcciones agresivas.
El modo de elección del Consejo General del Poder Judicial, del Fiscal General del Estado, así como el Tribunal Constitucional recogido en la Constitución y cumpliéndose, no es el más adecuado según dice el art.122.3, ni el citado de Constitucional en el art. 159, nombrados por el Rey a propuesta del Congreso, Senado y el Consejo del Poder Judicial, en épocas pasadas PP y PSOE con cantidad de diputados suficientes, y gobernando cualquiera de los dos, daban muerte al Espíritu de las leyes de Montesquieu, publicada anónimamente en 1748.
Es por ello que, valorando la gran profesionalidad y trayectoria de los miembros del Poder Judicial y Magistrados del Constitucional, despierte duda su elección , las Cortes Constituyentes así lo quisieron, y se dice que, presuntamente fue Alfonso Guerra quien dio indicaciones en este sentido, sin que existan pruebas documentales, una vez elaborado el articulado, fue aprobado en Referéndum por el pueblo español, posiblemente, porque se estaba de acuerdo con el texto general, pero no con cuestiones como las citadas, que obviamente conocemos todos.
Desde el respeto, se puede opinar que deben de ser modificados ciertos títulos y su articulado. En 1978 salíamos de una Dictadura con hambre de libertad y de derechos, pero realizada la digestión tras 39 años se debe de pensar en su modificación, y que las nuevas generaciones opinen y las Cortes en medida del razonamiento, se atrevan a un cambio necesario. No cabe duda que, los juristas podrán encontrar algún error en mi interpretación, en lo que es sólo una opinión, pero ellos más que nadie deben de valorar las cuestiones en la que los ciudadanos de a pie dudamos, se puede y debe dudarse de la legalidad, por ello se modifican leyes a diario.
Donde cojean nuestras leyes y esta madre de leyes, hay que actuar, bien en su correcta corrección o con prótesis, como ocurre con las caderas de quienes somos mayores y las necesitamos, es de sentido común, la casa de todos, es como nuestras casas particulares, a veces para adecuarla a un nuevo tiempo se modifica el mobiliario y su ordenamiento sin tocar muros de carga.
El gobierno incide sólo en el Título Preliminar los Arts. 1 y 2 , que la soberanía reside en el pueblo y que es una nación indisoluble por el asunto catalán, está en su derecho, lo demás, pues eso. La Constitución hay que cumplirla, pero se puede modificar como hicieron el PP y PSOE cuando les interesó a sus amigos europeos.
José Manuel García García (JOSMAN)
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