jueves, 22 de diciembre de 2016

RELIGIÓN E INSTITUCIONES.

Hay que pagar un viaje a los Concejales de Leganés a Francia, para que aprendan que es el laicismo

El Ayuntamiento de Leganés y yo, tenemos un modo distinto de interpretar el Art 16 de la Constitución del 78, El Estado y por ende sus Ayuntamientos : "Ninguna religión tendrá carácter estatal" no hay religión oficial en España, hay libertad religiosa, pero no un sometimiento civil a la misma, es decir es una nación aconfesional, que puede tener acuerdos con la Iglesia Católica, que ya le tiene y se lleva 11.000 millones de Euros anuales.

Pero esto requiere una explicación más amplia y escribiré diversos artículos sobre este asunto casi de excesiva devoción institucional. Solo falta nombrar a San Nicasio Concejal Honorífico de Cultura, urbanismo y Hacienda.

Retiro rectificando el vocablo beatería, por ser despectivo según la RAE, escribiendo en su lugar excesiva devoción.


Artículo 16
    1. "Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
    2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
    3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones."


Beateria infernal.
Al patrón de Leganés 
También le harán concejal
Honorifico, el francés.
Devoción infernal.
Catolico Ayuntamiento
Son los asuntos plenarios,
Rayan con el sacramento
Llevarán devocionarios?
Los asuntos de ciudad
Se harán en confesionarios
Es ya tal la santidad
Que bien parecen templarios
Los ilustres concejales.
Con la Virgen de alcaldesa
Los asuntos principales
Que queden sobre la mesa….

Josman.

No hay comentarios: